jueves, 31 de julio de 2014

Sentencia ejemplar y educativa en Argentina

Hoy quiero llamar la atención sobre el papel de la justicia cuando es creativa e imaginativa. En España, desde hace años, el juez de menores Emilio Calatayud es bien conocido en el mundo educativo por sus sentencias que van desde obligar a cuidar niños enfermos terminales de cáncer a los que roban a los niños, hasta condenar a jóvenes delincuentes, que casi no pisaron la escuela, a aprender a leer y a escribir.

La sentencia que ha sido noticia y hoy les comparto se ha producido en Argentina y, además de lo imaginativo que tiene, aun me parece más interesante, que se obligue a leer a padres e hijos juntos, pues seguramente, ambos se autodescubrirán y entenderán que las relaciones humanas y la vida en general tienen el color del cristal con el que las miramos. Pues la vida ofrece a todos situaciones parecidas y que sólo en cada uno está decidir cómo resolvemos nuestros conflictos.

También me gusta decir, cuando hablo a padres de familia, que si supieran de la importancia y repercusión que tiene para la educación y la vida de sus hijos el tiempo dedicado a ellos durante su desarrollo y crecimiento, muchos dejarían sus tareas y se entregarían a la educación de sus hijos. 


La sentencia, también deja claro, que en cualquier conflicto debe primar el mejor interés de los niños sobre cualquier otro. Quizás, cuando entre docentes, debatimos sobre organización y funcionamiento de los centros, si recordáramos este principio básico de justicia, no lucharíamos tanto por lograr las mayores ventajas para nuestros intereses particulares. 
"Un Juez de Familia de Rosario obligó a una pareja de padres divorciados que mantiene una relación conflictiva a reunirse una vez por semana durante un mes para leerles a sus hijos de 6 y 13 años de edad obras literarias y la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas (ONU).
La inédita resolución, dictada por el Juez de Familia de 5ta Nominación de Rosario Ricardo Dutto y dada a conocer hoy, indica que los padres de dos hijos varones, uno de 6 años que vive con su mamá y el otro 13 que vive con su papá, deben reunirse en la sala de lecturas de la sede de tribunales una vez por semana. 
"Bajo la supervisión de una asistente social, los progenitores, deberán leer la Convención Internacional de los Derechos del Niño, desde el artículo 1 al 31 y las obras literarias: Ética para Amador, de Fernando Savater y El Principito, de Antonie Saint Exupery", ordena la sentencia a la que tuvo acceso Télam. 
Asimismo, el fallo ordena "que ambos progenitores deban continuar con asistencia terapéutica". 
Relación conflictiva
El dictamen consideró la relación "conflictiva" entre ambos padres, que casi no mantenían diálogo pese a tener en custodia cada uno a un hijo de la relación. 
En los fundamentos, el juez Dutto consideró "que es evidente el obstáculo materno al no asistir junto con su hijo menor a los encuentros programados y así impide al padre tomar contacto con su hijo y obstruye el contacto entre los hermanos, priorizando su conducta conflictiva frente al mejor interés de los niños". 
Para el magistrado "la idoneidad del progenitor debe reflejarse en cumplir con las funciones de cuidado y educación sin entorpecer gravemente los derechos de quien no convive con su hijo, ya que si el cuidado es unipersonal, el otro tiene el derecho y el deber de fluida comunicación con el hijo". 
El fallo agrega "que con la finalidad de reforzar el mejor interés de estos niños contemplado en la Convención sobre los Derechos del Niño, es razonable exigir la concurrencia materna junto con el niño cuyo cuidado detenta" a los encuentros de lectura en los tribunales de la ciudad santafesina. 
Obligados
El dictamen deja en claro que es un obligación concurrir "bajo apercibimiento de ser conducida por la fuerza pública". 
Para la especialista en derechos de familia, Alcira Yanieri, el fallo "es tan inédito como innovador". 
Consultada por Télam, la letrada ponderó la decisión del juez "porque se trata de dar un paso más por el bienestar de los niños, ante factores de alta complejidad en las conductas de los padres". 
"El diálogo entre estos progenitores, era imposible, tenían posturas de contienda permanente y con este fallo el juez pretende de ambos conductas más abiertas para el bienestar de los niños", opinó la abogada, experta en derechos de familia. 
Al analizar la sentencia, Yanieri sostuvo "que el juez hizo que primara la Convención de los Derechos del Niño y eso tiene que extenderse como un verdadero Instituto para los padres".

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Si lo deseas puedes hacer tus propios comentarios y añadir incluso otra información pertinente.